El Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha establecido una multa de $365, equivalente a un salario mínimo del sector comercio, para aquellos que violen la “Ley Seca” durante el periodo electoral de elecciones municipales. Esta medida estará vigente desde las 0:00 del sábado 2 de marzo hasta las 24:00 del lunes 4 del mismo mes, según lo establece el Código Electoral.
La “Ley Seca” prohíbe la venta, distribución y consumo de bebidas embriagantes de cualquier naturaleza durante este periodo electoral. Además, el TSE advierte que cualquier persona que llegue en estado de ebriedad a un centro de votación será detenida y remitida a las autoridades correspondientes.
Esta normativa también aplica a los comercios, como tiendas, locales y supermercados, que exhiban productos embriagantes. Se consideran bebidas embriagantes aquellas con un grado alcohólico superior a 0.1, incluyendo cervezas, vinos, ron, vodka, chaparro, chicha, entre otras.